El empresariado local se informa sobre el Nuevo Estatuto Autónomo

El empresariado local se informa sobre el Nuevo Estatuto Autónomo

CEOE-CEPYME de Manzanares programó una charla para informar a sus socios sobre el Nuevo Estatuto del Autónomo. Al acto asistió el Secretario Provincial de la organización, Álvaro Maldonado Fernández de Tejada, que destacó las importantes novedades que incluye la normativa, entre otras, que a partir de ahora, “un autónomo tendrá los mismos derechos que un trabajador por cuenta ajena”.

Economía. Empresas
28-05-2008

La Ley del Estatuto del trabajo autónomo se aplica a las personas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y sin la dirección de otra persona, una actividad económica o profesional lucrativa, tengan o no trabajadores a su cargo, entre los que se puede incluir, a partir de ahora a sus hijos menores de 30 años aunque convivan con él, además de beneficiarse de la correspondiente bonificación por dicha contribución. Estos fueron algunos de los aspectos abordados por Juan Carlos González Sánchez, Director de Organización de CEOE-CEPYME de Ciudad Real, en una charla a la que asistió numeroso empresariado interesado en conocer la normativa.

La conferencia fue inaugurada por Álvaro Maldonado, Secretario General de la organización en la provincia de Ciudad Real, que destacó la importancia de la entrada en vigor de la normativa. Dijo que en su confección y elaboración habían participado el empresariado y organizaciones del sector como la CEAT, Confederación española de autónomos. Igualmente resaltó que con esta nueva norma, que deja atrás el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos,"se borran diferencias entre trabajadores de este colectivo y trabajadores asalariados".

Según Maldonado, entre las novedades que incluye la LETA, destaca la regulación de la figura del Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente (TAED), definiéndolo como el autónomo que percibe de una sola empresa (cliente), “al menos, el 75% de sus ingresos totales por rendimientos del trabajo y de actividades económicas o profesionales, que no tiene a su cargo trabajadores por cuenta ajena, y que reúne las condiciones de riesgo y ventura en independencia necesarias en la realización de su actividad profesional”.

Otras novedades que incluye la Ley son la posibilidad de que los autónomos puedan contratar como trabajadores por cuenta ajena a hijos menores de treinta años, aunque les quedará excluida la prestación por desempleo. Además incluye la acción protectora en asistencia sanitaria, jubilación anticipada para actividades penosas, tóxicas o de riesgo y prestaciones económicas en las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, paternidad, riesgo durante la lactancia, incapacidad permanente, jubilación, muerte y supervivencia y familiares por hijo a cargo.