Suspendida la actividad de servicios municipales no esenciales
COVID-19
Suspendida la actividad de servicios municipales no esenciales
Un decreto de alcaldía establece los servicios esenciales necesarios que el Ayuntamiento de Manzanares prestará ente el 30 de marzo y el 12 de abril
Con motivo de las últimas medidas adoptadas por el Gobierno de España frente a la expansión del coronavirus, el Ayuntamiento de Manzanares ha suspendido su actividad no esencial. Mediante un decreto de alcaldía, se establecen los servicios esenciales necesarios que se seguirán prestando entre el 30 de marzo y el 12 de abril. Además, han quedado suspendidas todas las sesiones de órganos colegiados municipales.
Según el decreto de alcaldía firmado este domingo atendiendo a los diferentes reales decretos y resoluciones de las autoridades, el Ayuntamiento de Manzanares establece los siguientes servicios esenciales:
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Policía Local y Protección Civil
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Cementerio: conserje, peón y oficiales
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Servicio de ayuda a domicilio
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Limpieza viaria y desinfección: cuatro operarios
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Limpieza de edificios: cinco operarios
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Recogida de residuos: un operario
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Registro de documentos y secretaría general: un profesional
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Servicios Sociales: dos profesionales
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Servicio Público de Televisión Municipal
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Mercado municipal: conserje
En el citado decreto se acuerda, además, suspender entre los días 30 de marzo y 12 de abril de 2020, ambos inclusive, el resto de servicios y actividades no señalados anteriormente, que tienen la consideración de no esenciales.
Cada concejalía delegada, en coordinación con el personal municipal responsable de cada área, ha determinado la forma de trabajo, horarios y medios para la prestación de los servicios establecidos como esenciales.
Por otro lado, se suspende en el citado plazo la celebración de sesiones de los órganos colegiados municipales, tal y como ha sido el caso del pleno ordinario previsto para este lunes, 30 de marzo. Del mismo modo, la alcaldía avoca entre esas fechas las competencias que la Junta de Gobierno Local ostenta por delegación de la Alcaldía-Presidencia.
Este decreto de alcaldía deja sin efectos las instrucciones y órdenes de servicios anteriores y que se opongan a lo que el mismo dispone.