La OMIC explica las principales novedades de la nueva Ley de Garantías
Ley General para la Defensa de los Consumidores
La OMIC explica las principales novedades de la nueva Ley de Garantías
Entre otras modificaciones, se amplía de dos a tres años el plazo de garantía y se excluye a los animales del ámbito de aplicación
El 1 de enero entraba en vigor la reforma de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que incorpora la ampliación de las garantías obligatorias de los bienes de consumo de dos a tres años. La Oficina Municipal de Información al Consumidor detalla las principales novedades que contempla esta modificación.
La nueva Ley de Garantías incorpora importantes modificaciones que suponen una mejora de los derechos de las personas consumidoras. Entre ellas, el plazo de garantía de los productos vendidos a partir del 1 de enero de 2022 se amplía de dos a tres años y un año, como mínimo, en caso de bienes de segunda mano. Tal y como ha explicado el responsable de la OMIC, Javier Márquez, para las ventas online, la garantía comienza en el momento de la recepción del producto.
Otro cambio muy significativo tiene que ver con los supuestos de disconformidad, en los que el producto presente algún defecto. En este caso, se amplía de seis meses a dos años la presunción de que la incidencia sea de origen, recayendo la prueba en contra de la empresa vendedora. Con esta modificación, además, se eliminan los costes de reparación o desplazamiento en los dos primeros años.
Por otro lado, la normativa también obliga a las empresas a tener un adecuado servicio técnico y establece que dispongan, al menos durante diez años, de las piezas de repuesto de los productos que ya no vendan, doblando el periodo respecto a los cinco años actuales. Con esto se pretende mejorar la vida útil de los productos.
En el caso de los productos digitales, la nueva ley también contempla por primera vez que se aplique una garantía. Tanto los contenidos como los servicios digitales deberán ofrecer una garantía de dos años. Aquí se incluyen programas informáticos, aplicaciones, archivos de vídeo, archivos de audio, archivos de música, juegos digitales, libros electrónicos u otras publicaciones electrónicas.
Asimismo, el artículo 114, sobre el ámbito de aplicación de garantías, excluye ya expresamente a los animales que compramos. Esta exclusión viene motivada por la nueva regulación que entraba en vigor el 5 de enero de 2022, sobre el régimen jurídico de los animales, publicada en el BOE del 16 de diciembre de 2021.
Toda la información sobre la nueva normativa de consumo puede consultarse en el BOE, en el Real Decreto-Ley 7/2021.