El Ayuntamiento destina noventa y un mil euros a la Cooperación al Desarrollo

El Ayuntamiento destina noventa y un mil euros a la Cooperación al Desarrollo

El Ayuntamiento de Manzanares aprobó en la Junta de Gobierno del pasado 30 de octubre las bases de la convocatoria para la concesión de subvenciones de Cooperación al Desarrollo. La cantidad máxima a conceder se ha fijado en 91.000 euros. La financiación de las ayudas se hará con cargo al presupuesto municipal de 2007.

Actualidad Municipal
10-11-2007

La base primera de la convocatoria señala que el objeto de la misma es la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, que financien actuaciones de cooperación internacional en países en vías de desarrollo; y la séptima que las solicitudes se podrán presentar hasta el 30 de noviembre.

Junto con el impreso de solicitud, es necesario presentar los Estatutos de la entidad debidamente registrados, capita de CIF de la entidad, número de cuenta bancaria donde proceder al pago de la subvención, proyecto de la inversión o actividad a subvencionar, relación de actividades de cooperación al desarrollo realizadas en 2006, motivación de la petición de ayuda y otros datos que se especifican en las bases.

El concejal delegado de Cooperación al Desarrollo, Julián Nieva, ha fijado en veintiún puntos los requisitos necesarios a cumplimentar para participar en la convocatoria. Además del punto relativo a la documentación a presentar, se hace referencia a la subsanación de defectos, denegación por silencio y concurrencia y patrocinio, entre otros requisitos.

En cuanto al criterio de adjudicación se precisa que se tendrán en cuenta el interés público o social del proyecto y la estabilidad pasada o futura de las actuaciones de la entidad solicitante en la zona. También se precisa que el presupuesto global de la convocatoria se dividirá entre la suma de los puntos asignados a todas la solicitudes.

Una comisión formada por concejales y técnicos del Ayuntamiento evaluará las solicitudes. La subvención concedida se abonará en dos plazos, el 50 por ciento una vez se acuerde la concesión de las subvenciones y el otro 50 por ciento una vez que se acredite por los beneficiarios el gasto realizado con cargo al primer pago.

Las bases también hacen referencia a las obligaciones de los beneficiarios, la justificación de la subvención, el cambio de finalidad y ampliación de plazo, los reintegros, el órgano gestor y la legislación aplicable.