La ayuda municipal para VPO consistirá en el 50% del Impuesto sobre Construcciones

La ayuda municipal para VPO consistirá en el 50% del Impuesto sobre Construcciones

La ayuda municipal para adquirir viviendas de protección oficial consistirá en el cincuenta por ciento del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras que corresponda a la vivienda objeto de protección oficial dentro de la cuota total de la obra. El importe total de las ayudas a conceder no podrá exceder los cuarenta mil euros.

Actualidad Municipal
13-04-2006

El Ayuntamiento de Manzanares ha publicado las bases de la convocatoria de las subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial. A esta convocatoria podrán acogerse las personas físicas que adquieran al promotor una vivienda de protección situada en la localidad cuya licencia de obras se conceda a partir del 4 de febrero de 2006.

Para solicitar las ayudas es preciso aportar una fotocopia compulsada del DNI, el número de cuenta bancaria donde proceder al pago de la subvención, fotocopia compulsada de la escritura pública de adquisición de la vivienda por el solicitante, declaración de no estar incurso en ninguna circunstancia que le impida obtener la declaración de beneficiario, y certificaciones de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Las solicitudes se presentarán en el registro general del Ayuntamiento dentro del plazo de un año desde la fecha de la escritura pública de adquisición de la vivienda. La bases, además de estos extremos, especifican con mayor detalle los pasos a seguir. La subsanación de defectos, la denegación por silencio, la concurrencia y patrocinio, las obligaciones de los beneficiarios y los reintegros son algunos de los temas detallados en las dieciséis bases de la convocatoria.

En cuanto a la concesión de ayudas la base décima especifica que el Servicio de Intervención efectuará las comprobaciones pertinentes con relación a los requisitos necesarios para la obtención de la subvención y se asegurará que el solicitante reside efectivamente en la vivienda objeto de subvención. El resultado de estas comprobaciones, junto con el cálculo de la ayuda correspondiente se reflejará en un informe.

A la vista de dicho informe, la Junta de Gobierno Local concederá la ayuda, salvo que rebase el importe máximo previsto, en cuyo caso se concederá sólo la cuantía necesaria para no rebasar el límite o se denegará la ayuda.